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(10-05-2017)

ACUERDO PARA APLICAR EL EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO EN IBERCAJA QUE PRIORIZA LA VOLUNTARIEDAD


- Se podrán acoger hasta 590 empleados, siendo la adscripción voluntaria el criterio preferente de selección
- El número máximo de oficinas que se cerrarán es 140, contemplándose medidas específicas para los empleados de estos centros de trabajo
- La capacidad de diálogo y negociación existente por ambas partes ha favorecido, como en ocasiones anteriores, este acuerdo

Zaragoza, 10 de mayo de 2017.- La Dirección de Ibercaja Banco y una mayoría de los representantes de los empleados alcanzaron ayer un acuerdo para la aplicación del Expediente de Regulación de Empleo iniciado por la Entidad el pasado mes de marzo por causas de carácter económico, organizativo y productivo. El principio de voluntariedad es el criterio prioritario que se aplicará, al que se podrán acoger hasta 590 empleados mediante bajas incentivadas, en línea con los anteriores Expedientes de Regulación de Empleo completados por la Entidad. Se contempla también el cierre de un máximo de 140 oficinas.

El acuerdo alcanzado, rubricado los sindicatos CC.OO., APECA-FINE y ACI que aglutinan una representación conjunta del 64,04% de la plantilla, incluye bajas indemnizadas para los trabajadores que cumplan 57, 58 y 59 años de edad antes del próximo 31 de diciembre. Las condiciones económicas de salida se han cifrado en un 80% del salario neto anual más una prima, con un máximo total del 85% de dicha referencia salarial.

Igualmente, incluye bajas indemnizadas para los empleados que tengan 55 y 56 años en esa misma fecha, con otras condiciones económicas con respecto al grupo de edad anterior, y que opten por rescindir su relación laboral con la Entidad, y aquellos que, como consecuencia del cierre de sus oficinas de trabajo, sean trasladados a un puesto a más de 50 kilómetros de distancia y decidan causar baja. El acuerdo también considera medidas alternativas compensatorias para los empleados que, como consecuencia de la reestructuración, sean trasladados de su puesto actual de trabajo.

La capacidad de diálogo y negociación existente por ambas partes, como en ocasiones anteriores, ha favorecido este acuerdo que cumple con los objetivos de la negociación: garantizar los derechos conjuntos de la plantilla; optimizar la estructura, adaptándola al mercado actual; y contribuir a elevar la competitividad, eficiencia y viabilidad autónoma a medio y largo plazo.

 

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