EL BANCO CENTRAL EUROPEO COMUNICA A IBERCAJA LOS NUEVOS REQUISITOS MÍNIMOS DE CAPITAL PARA 2026, CON REDUCCIÓN EN EL PILAR 2
- El requerimiento de Pilar 2 (P2R) se reduce en 15 puntos básicos respecto a 2025, encadenando su tercer descenso consecutivo.
- A 30 de septiembre de 2025, las ratios de capital de Ibercaja Banco se mantienen ampliamente por encima de los requerimientos regulatorios del BCE.
El Banco Central Europeo (BCE) ha comunicado a Ibercaja Banco la decisión sobre los requisitos mínimos prudenciales de capital exigibles para 2026, tras conocerse los resultados del Proceso de Revisión y Evaluación Supervisora (SREP, por sus siglas en inglés).De acuerdo con dicha decisión, Ibercaja deberá mantener, a partir del 1 de enero de 2026, una ratio de Common Equity Tier 1 phased-in (CET1) del 8,48% y una ratio de Capital Total phased-in del 12,75%.
El requerimiento de capital total incluye el mínimo exigido por Pilar 1 (8%, del que CET1 4,5%), el requerimiento de Pilar 2 (1,75%, del que como mínimo el 0,98% debe ser satisfecho con CET1), el colchón de conservación de capital (2,5%) y el colchón anticíclico (0,5%) establecido para las exposiciones en España. El requerimiento de Pilar 2 se ha reducido en 15 puntos básicos respecto al exigido para 2025, produciéndose así un decrecimiento por tercer año consecutivo.

A 30 de septiembre de 2025, las ratios de capital de Ibercaja Banco se encuentran ampliamente por encima de los requerimientos regulatorios del BCE, sin que se derive la activación de ninguna restricción o limitación regulatoria.
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