Servicio de estudios: Colaboraciones
26-03-2006

Reforma fiscal del ahorro

El consejo de ministros del 10 de marzo aprobó el proyecto de ley que reforma varios impuestos, entre ellos el IRPF. Una de las principales novedades se refiere a la tributación del ahorro: se aplicará un tipo único del 18% a todas las fórmulas (incrementos patrimoniales, depósitos bancarios, libretas de ahorro, seguros y dividendos).

En productos que generan plusvalías, como los fondos de inversión, se empeora el tratamiento de los beneficios que se producían en un periodo superior al año, ya que su tributación actual es del 15%. Sin embargo, se mejora la fiscalidad de los beneficios generados en menos de un año. Con la legislación actual, éstos se integran en la base imponible general y su tributación puede alcanzar el 45%. A partir de 2007, con la nueva Ley, la tributación será única (del 18%) en ambos supuestos.

En muchas ocasiones, el inversor se ve obligado a mantener acciones con sustanciales ganancias hasta que transcurra un año desde que las compró, ya que si vende puede llegar a pagar a Hacienda casi la mitad de lo que está ganando. Y como sabemos, al esperar un año en renta variable corremos el riesgo de perder gran parte de lo obtenido.

Así pues, esta reforma fiscal potenciará que muchos inversores deleguen la gestión de sus acciones a entidades expertas, dado que el criterio de rentabilidad será ya más determinante que el fiscal. El inversor dejará de estar preso de la fiscalidad de sus valores y el gestor podrá tomar decisiones más rápidas y eficientes con independencia del tiempo de generación de los beneficios.

César Villacampa Ecequiel. Ibercaja Patrimonios. Heraldo de Aragón, 26 de marzo de 2006

A TENER EN CUENTA

La reforma fiscal, que entrará en vigor en 2007, potenciará que muchos inversores deleguen la gestión de sus acciones a entidades expertas, dado que el criterio de rentabilidad será más determinante que el fiscal. El inversor ya no estará preso de la fiscalidad de sus valores.


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