Accionistas e Inversores: Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones

Consejo de Administración

El Consejo de Administración dispone de las más amplias atribuciones para la gestión, administración y representación de la Sociedad y, salvo en las materias reservadas a la competencia de la junta general, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable y en los estatutos sociales, es el máximo órgano de decisión de la Sociedad.

COMPOSICIÓN CONSEJO

D. Francisco Serrano Gill de Albornoz

Presidente del Consejo de Administración, de la Comisión Delegada y de la Comisión de Estrategia. Abogado del Estado en excedencia. Ha sido Secretario General – Director General Adjunto del Banco y Director de Control de Riesgos (CRO)  en su etapa previa a su nombramiento como Presidente, dependiendo de él la Secretaría General, Control de Riesgos, Asesoría Jurídica, Asesoría Fiscal, Cumplimiento Normativo, Servicio de Atención al Cliente y Seguridad, al mismo tiempo que ejercía los cargos de Presidente de Ibercaja Pensión E.G.F.P., S.A.U. e Ibercaja Gestión S.G.I.I.C., S.A, así como vocal del Consejo del Grupo Henneo y de Aramon en representación del Banco. Previamente fue Consejero Delegado del Banco Grupo Cajatres, S.A. pilotando la fusión por absorción de este Banco en Ibercaja Banco, S.A. El actual Presidente del Banco comenzó su andadura profesional en Ibercaja como Jefe de la Asesoría Jurídica de la entonces Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja en 1 de enero de 2000, participando en numerosos Comités Internos; en mayo de 2007 se le nombró Subdirector y Director de Asesoría Jurídica que compatibilizó con la Secretaría de numerosos consejos de diferentes Compañías como “EBN Banco de Negocios, S.A.”, “Aramón Montañas de Aragón, S.A.” entre otros.

Todos los nombramientos de miembros del Consejo de Administración se han adoptado con informe favorable de la Comisión de Nombramientos.

Los miembros del Consejo tienen la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en situaciones en las que sus intereses, sean por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el interés social y con sus deberes para con la Entidad, tal y como se establece en el artículo 33 del Reglamento del Consejo de Administración.